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Cestaticket Accor Services, C.A.
RIF J-00327444-5
Actualidad

 

Caracas, 24 de enero de 2008

 

NUEVA UNIDAD TRIBUTARIA (UT) AÑO 2008
Comunicado a Clientes

Estimados Clientes:

Por medio del presente cumplimos con informarles que según providencia emitida por el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), la Unidad Tributaria ha sido reajustada de Treinta y Siete Mil Seiscientos Treinta y Dos Bolívares (Bs. 37.632,00)  a  CUARENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F 46,00), según Gaceta Oficial Nº 38.855, de fecha 22 de enero de 2008.

En virtud de este reajuste, el rango establecido para el beneficio alimentación, previsto en la Ley de Alimentación para los Trabajadores, a través de la entrega de de tickets o tarjetas electrónicas de alimentación por cada jornada de trabajo –nunca inferior al 25% de la Unidad Tributaria, ni mayor al 50% de la Unidad Tributaria– pasa a ser de ONCE BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F 11,50) hasta VEINTITRES BOLÍVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F 23,00).

En tal sentido, les invitamos a realizar los ajustes correspondientes para sus próximos pedidos, a fin de estar acordes con lo establecido en la Ley de Alimentación para los Trabajadores.

Agradeciendo una vez más su confianza en nuestra empresa, quedamos a su disposición para aclarar cualquier duda, a través del número 0500 CESTATICKET (0500-2378284) o el correo electrónico atencionalcliente@cestaticket.com.ve.

Si desea obtener una copia de la Gaceta Oficial le invitamos a ingresar a nuestra sección de asesoría “Leg@l Ticket”, ubicada en el home page de nuestro sitio web (www.cestaticket.com.ve).

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Comunicado #001
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